Denuncian que el allanamiento al convento de las carmelitas de Nogoyá atenta contra el derecho a la libertad religiosa
La Sociedad Argentina de Derecho Canónico aseveró que "el Estado a través de sus funcionarios debe velar por el respeto a la libertad religiosa en todas sus expresiones, y no coaccionar a las mismas porque le resulten incomprensibles".
Autor: Jennifer Almendras. / Fuente: AICA.
"NO SE PUEDEN JUSTIFICAR OFENSAS CONTRA ESTA FORMA DE VIDA MILENARIA".
La Sociedad Argentina de Derecho Canónico (Sadec) aseveró que "la potestad de la Iglesia a regirse por sus propios ordenamientos en las cuestiones internas no son un privilegio, sino precisamente un derecho derivado de la libertad religiosa" y reiteró que "el Estado a través de sus funcionarios debe velar por el respeto a la libertad religiosa en todas sus expresiones, y no coaccionar a las mismas porque le resulten incomprensibles" y "menos aún utilizar de manera excesiva y desproporcionada sus medios coactivos, tan necesarios en verdaderas situaciones delictivas que afligen a sus ciudadanos y reclaman su legítima intervención", tras el violento allanamiento del convento de las carmelitas de Nogoyá, por denuncias de supuestas torturas y privación ilegítima de la libertad.
La asociación indicó que la Orden de las Hermanas Carmelitas es un Monasterio de derecho pontificio, que depende de la Santa Sede. "Las Hermanas Carmelitas viven con ese espíritu la penitencia, la disciplina, el ayuno y otras prácticas que constituyen parte de esa entrega a Dios y unión con los hermanos que sufren. Para pertenecer al Instituto se requiere tener al menos 18 años de edad y ser libres de ingresar y permanecer. Mucho se ha dicho en estos días sobre el derecho de estas Hermanas a abrazar una regla de vida tan estricta y rigurosa. Ciertamente que es un llamado especial de Dios a algunas personas; por ello la Iglesia dispone obligatoriamente que haya un suficiente tiempo de discernimiento a fin de poder abrazar este modo de vida", explicó el presbítero y presidente de Sadec, Esteban Alfón, al indicar que es la propia persona quien en su conciencia y ante Dios, junto a la Iglesia, decide elegir esta vocación.
Asimismo, Alfón recordó que las religiosas pueden abandonar este modo de vida libremente. "Puede entenderse que algunos no comprendan este modo de vida, pero ello de ningún modo puede justificar actitudes ofensivas, ni poner públicamente en tela de juicio una forma de vida ascética y espiritual, de tradición milenaria tanto en Occidente como en Oriente. Tampoco juzgar con criterios erróneos actitudes que no constituyen ningún delito, sino que responden a parámetros religiosos, de la propia conciencia y que incluso conciernen al derecho subjetivo a la libertad religiosa, aunque incomprensible para algunos. No debe dejar de considerarse que, a través del Concordato de 1966 firmado entre la Santa Sede y la Argentina, el Estado reconoce y garantiza a la Iglesia Católica el libre y pleno ejercicio de su poder espiritual, el libre y público ejercicio de su culto", sostuvo.