Según Nuevo Código Penal de Bolivia «evangelizar puede ser asociado al delito de trata de personas»

La asesora jurídica de la Conferencia Episcopal Boliviana, Susana Inch, afirmó que "la Iglesia Católica permanentemente invita a ciudadanos a descubrir su vocación y a formarse para ser religiosos o religiosas, una interpretación que se podría dar a este Código es que esa acción pueda entenderse como una figura de reclutamiento".

Autor: Jennifer Almendras. / Fuente: El Mundo Bolivia.

"FUERTE PREOCUPACIÓN DE LA IGLESIA CATÓLICA".

La asesora jurídica de la Conferencia Episcopal Boliviana (CEB), Susana Inch, aseveró que "existe una fuerte preocupación a nivel de la Iglesia Católica y de todas las instancias religiosas" por el riesgo de penalización de la actividad misional a través del artículo 88 del nuevo Código del Sistema Penal que en su inciso 11, sobre la trata de personas, menciona la actividad religiosa en Bolivia.

"El delito como tal debe ser rigurosamente sancionado, pero no puede ser vinculado de manera directa con la actividad religiosa", sostuvo la legalista. El conjunto del Código que está planteando ambigüedades que pueden prestarse a situaciones en las que se pueda afectar derechos fundamentales de las personas", explicó Inch, al indicar que podrán ser sancionados con penas de 7 a 12 años de cárcel las personas que capten según "fines" como "el reclutamiento de personas para participar en conflictos armados o en organizaciones religiosas".

Inch explicó que un Código Penal que tipifica conductas que van a ser sancionadas debe ser claro. "La Iglesia Católica permanentemente invita a ciudadanos a descubrir su vocación y a formarse para ser religiosos o religiosas, una interpretación que se podría dar a este Código es que esa acción pueda entenderse como una figura de reclutamiento. Va a existir migración, van a haber personas que acepten ir a evangelizar a otros lugares como un compromiso misional,  pero esta acción puede ser asociada al delito de trata de personas", lamentó.