Argentina enviará al Congreso un proyecto para resguardar la libertad religiosa
El gobierno argentino enviará un proyecto de 'Ley de Libertad Religiosa', que asegurará a los fieles de todos las religiones ampararse en la objeción de conciencia, por sus convicciones religiosas, para negarse en el caso de los médicos a realizar un aborto. "Será reprimido con prisión de seis meses a dos años quien profanase un lugar de culto de una confesión religiosa, objetos considerados sagrados por ella, o un sepulcro o sepultura. Será reprimido con prisión de quince días a tres meses quien impidiere materialmente, o turbare, una reunión lícita con insultos y amenazadas", sostuvo la iniciativa.
Autor: Jennifer Almendras. / Fuente: Valores Religiosos.
AGRAVA LAS PENAS POR DELITOS DE ODIO A LA FE.
El gobierno argentino, a cargo del presidente Mauricio Macri, enviará al Congreso el proyecto de 'Ley de Libertad Religiosa', que le garantizará a todos los cultos una serie de derechos, les asegurará a los fieles de todos las religiones ampararse en la objeción de conciencia por sus convicciones religiosas para negarse a recibir una transfusión de sangre o en el caso de los médicos realizar un asesinato en el vientre materno, y agravará las penas por delitos de odio a la fe, tras una ronda de consulta realizada por la Secretaría de Culto de la Nación, sostuvo el periodista Sergio Rubín, en un artículo del portal Valores Religiosos.
La propuesta, que tiene el consenso de asociaciones religiosas y la Iglesia Católica, reconocerá a los fieles el derecho a "no ser obligados a prestar juramento o hacer promesa según fórmulas que violenten sus creencias; a recibir asistencia de los ministros de su propia confesión en lugares de internación, detención o cuarteles, y a conmemorar las festividades religiosas y a guardar los días y horarios que, según su religión, se dediquen al culto". Asimismo, los ministros de culto estarán "exentos de la obligación de declarar sobre hechos que le hayan sido revelados en el ejercicio de su ministerio". Asimismo, la inscripción en el Registro de Cultos, que se llamará 'Registro Nacional de Entidades Religiosos', dejará de ser obligatoria y los que no se anoten igual tendrán el derecho de asociación y de la libertad religiosa, pero quienes sí lo hagan recibirán beneficios impositivos, sus templos serán inembargables y sus ministros podrán ingresar a cárceles y hospitales para brindar asistencia espiritual.
El proyecto de ley contemplará una serie de modificaciones al Código Penal y creará la figura de los "delitos contra la libertad religiosa y de conciencia". "Será reprimido con prisión de dos a seis años quien por medio de violencia o intimidación: impidiere a un miembro de una confesión religiosa practicar actos de su culto o asistir a ellos; compeliere a otro a practicar actos de un culto o asistir a ellos; forzare a otro a seguir perteneciendo a la confesión religiosa que profesare", indicó, al aseverar que se agravarán las penas por robo de objetos sagrados o ataque a un edificio religioso. "Será reprimido con prisión de seis meses a dos años quien profanase un lugar de culto de una confesión religiosa, objetos considerados sagrados por ella, o un sepulcro o sepultura. Será reprimido con prisión de quince días a tres meses quien impidiere materialmente, o turbare, una reunión lícita con insultos y amenazadas", sostuvo la iniciativa.